Noticias de Carros en Ecuador

Noticias de Carros en Ecuador

Diario de Noticias sobre Autos en Ecuador

Noticias de Carros en Ecuador RSS Feed
 
 
 
 

¿Qué sucede cuando ocurre un accidente?

Ocurrido un accidente con víctimas que requieran atención médica, se debe llamar inmediatamente a las centrales de emergencia locales para que, con la debida técnica y precaución, se les atienda, en el lugar del accidente si es necesario. Esta atención la realiza el servicio de ambulancia.

El servicio de ambulancia, dando preferencia a la atención de la o las víctimas, recaudará información general del accidente para ser utilizada en el formulario “ATENCION PREHOSPITALARIA”.

La participación de las autoridades policiales también es importante para que recauden información técnica relacionada con el accidente y den fe de las víctimas producidas en el accidente. En caso de no existir el informe o parte policial, el servicio de salud registrará su atención a través del formulario Nº 008 de la HISTORIA CLINICA UNICA (FORMULARIO DE EMERGENCIA); el cual servirá como certificación y prueba de la atención médica y respaldo de la ocurrencia del accidente.

La información a recolectarse en este primer contacto con el accidente y que es relevantes para el SOAT es:

-Datos generales del accidente (fecha, hora, lugar, circunstancias, etc.).

-Vehículos involucrados en el accidente (placas, número de certificado SOAT).

-Personas afectadas (nombre, cédula de identidad, en qué vehículo se encontraban o si eran peatones).

-Nombre del centro de salud al cual es trasladado el paciente.

La confirmación  de la placa del automovil implicado o implicados en el accidente es CLAVE para la tramitación posterior de las reclamaciones de pago, sea a una aseguradora o el FONSAT.

El servicio de salud, clínica u hospital público o privado, al reconocer la calidad de víctima de accidente de tránsito del paciente, debe inmedidatamente atenderlo sin que requiera garantías o pagos ya que detrás de cada víctima hay una entidad que garantiza el mismo por las prestaciones que brinde al paciente, esto es, una aseguradora o el FONSAT.

 

¿Y EN CASO DE QUE HAYA VICTIMAS MORTALES QUE TRAMITES HAY QUE REALIZAR?

Notificar lo más pronto posible, por escrito, a la aseguradora o el FONSAT indicando: La ocurrencia del accidente, las circunstancias del mismo y el nombre de las víctimas mortales o fallecidos. Esta comunicación debe ser entregada en cualquiera de las oficinas de la empresa de seguros responsable o del FONSAT.

Posteriormente es de entregar en la oficina de la aseguradora los siguientes documentos originales o copias certificadas:

-Copia del parte policial del accidente o denuncia ante las autoridades competentes en caso de no existir el primero.

-Partida de defunción de la víctima.

-Protocolo de la autopsia.

-Acta notarial o sentencia judicial concediendo la posesión efectiva a los posibles beneficiarios.

-Copia de las cédulas de identidad de los reclamantes de la indeminización.

-Certificación de la cuenta bancaria donde se han de depositar los valores de la indemnización.

-Facturas originales y autorizadas por el SRI de los servicios funerarios utilizados.

Solo en el caso de que el fallecido haya recibido atención médica en algún centro de salud y que este no haya remitido a la aseguradora los documentos que mencionamos a continuación:

-Copia certificada conseguida en el centro de salud del FORMULARIO 008 DE ATENCION EN EMERGENCIAS Y FORMULARIO 006 DE EPICRISIS.

Recibida toda la documentación pertinente la aseguradora o el FONSAT hará su revisión y si no existen observaciones deberá pagar las indeminizaciones en un plazo máximo de 30 días.

El reembolso por los gastos funerarios se hará a nombre de la persona que los canceló según las facturas correspondientes.