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Conozca como funciona y como ejercer sus derechos con el seguro obligatorio de accidentes (soat)

Todo accidente de tránsito por su propia naturaleza y definición tiene involucrado uno o más vehículos; de ahí que el financiamiento se da por la adquisición obligatoria del seguro por parte de los propietarios de los vehículos, según las tarifas que determine la entidad pública correspondiente.

La actual Ley orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, en su ARTICULO 215 indica: “Para poder transitar dentro del terrritorio nacional, todo vehículo a motor, sin restricción de ninguna naturaleza, sea de propiedad pública o privada, deberá estar asegurado con un  SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DE TRANSITO SOAT vigente”.

Este financiamiento está destinado, de forma mayoritaria, al cubrimiento de los pagos a los servicios de salud que atienden a las víctimas. Ya sea por honorarios médicos, servicios hospitalarios, medicamentos e insumos médicos. Además del pago de indemnizaciones por muerte, desmembración y otras coberturas del seguro.

El SOAT es un sistema de protección que garantiza su cobertura a toda persona que sufre lesiones causadas por un accidente de tránsito, ocurrido dentro del territorio nacional, sin discriminación de ninguna naturaleza.

Por ser un seguro para todos y de aplicación inmediata, el SOAT garantiza el pago a los servicios de salud, públicos y privados, por las prestaciones médicas que se brinde a las víctimas de accidentes de tránsito, sin que importen las circunstancias del accidente ni la culpabilidad de alguno de los involucrados. De igual manera garantiza el pago por otras indemnizaciones a los beneficiarios de otras coberturas.

Este concepto de garantía de pago es importante para el funcionamiento del sistema ya que consigue uno de los principales objetivos del SOAT; derribar las barreras económicas para que las víctimas sean atendidas oportunamente en los servicios de salud.

Recuerde, siempre hay un pagador que respalda la cobertura. Si el vehículo involucrado tiene un seguro vigente, pagará la aseguradora. Si el vehículo involucrado no tenía un seguro vigente, o en los casos de víctimas de vehículos fantasmas, pagará el FONSAT. Pero siempre hay un pagador.

Una vez cumplidos los procedimientos establecidos en el Reglamento del SOAT expedido por el Presidente de la República, y aquellos determinados en el Manual del Sistema Operativo del SOAT y en las Tarifas por Prestaciones Médicas SOAT, expedidas por el MINISTERIO DE SALUD PUBLICA, los servicios de salud públicos y privados recibirán el pago correspondiente por las prestaciones brindadas a las victimas, conforme las tarifas aprobadas para el seguro. El pago se realizará, a más tardar, dentro de los 30 días posteriores a la entrega de la documentación pertinente, a la aseguradora o al FONSAT.